Aragón pasa al nivel de alerta 3 ordinario y equipara las restricciones en las tres provincias. La orden entrará en vigor el 5 de marzo.
Aragón mantiene la tendencia descendente en la incidencia de COVID-19, con una incidencia acumulada de 86 casos por 100.000 habitantes en los últimos 7 días, una cifra sensiblemente inferior a la tasa de 99 casos que se registraba el mismo día de la pasada semana. Globalmente, la provincia de Huesca tiene una tasa de 93 casos por 100.000 habitantes a 7 días; Zaragoza, 86,7; y Teruel, 51.
Estas son las principales modulaciones respecto al nivel 3 ordinario recogidas en la orden:
- Establecimientos de hostelería y restauración. 30% de aforo en el interior y 100% en el exterior. Cada mesa podrá ser ocupada por un máximo de cuatro personas en el interior y de seis personas en terraza. Sigue prohibido fumar en terrazas. En los establecimientos de hostelería y restauración, el horario de funcionamiento no podrá exceder de las 22:00 horas, a excepción de los servicios de entrega de comida a domicilio.
- Lugares de culto. 50% de aforo.
- Mercadillos. 100% de los puestos. El aforo del recinto no podrá superar el de una persona por cada cinco metros cuadrados.
- Gimnasios y equipamientos equivalentes. Aforo del 30%. El uso de la mascarilla será obligatorio y estará permitida también la utilización de duchas siempre que su uso sea individual.
- Museos, salas de exposiciones y actividades que se realicen en ellos; cines, teatros, auditorios, circos de carpa y similares, así como recintos al aire libre, y otros locales similares y establecimientos destinados a espectáculos públicos, actividades recreativas o de ocio con butacas preasignadas. Aforo del 50%.
- Actividad de guía turística, turismo activo y de naturaleza. El número máximo de personas integrantes de los grupos queda fijado en 10, excluyendo el guía.
- Salones recreativos, salones de juego, salas de bingo y casinos y, en general, establecimientos de juego y apuestas. Aforo del 30%.
- Encuentros, reuniones de negocios, conferencias y actos similares; reuniones de órganos de gobierno y representación previstos legalmente. 30% del aforo del local en el que se realiza la reunión, con un máximo de 150 personas.
De este modo, las actividades no esenciales vuelven a su horario habitual, salvo el límite de 22.00 horas para el sector de la hostelería detallado anteriormente. Asimismo, continúan vigentes los confinamientos autonómicos y provinciales.



